Cómo se pasa de bruto a neto
Del salario bruto salen dos descuentos, y lo que queda es tu sueldo neto:
neto = bruto − cotizaciones a la Seguridad Social − retención de IRPF
1. Cotizaciones a la Seguridad Social
Tu parte de las cotizaciones es un porcentaje fijo de tu base de cotización, que es el salario bruto mensual con las pagas extra prorrateadas. En 2026 los tipos a cargo del trabajador son:
| Concepto | Tipo |
|---|---|
| Contingencias comunes | 4,70 % |
| Desempleo (contrato indefinido) | 1,55 % |
| Desempleo (contrato temporal) | 1,60 % |
| Formación profesional | 0,10 % |
| Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) | 0,15 % |
En total, un 6,50 % con contrato indefinido y un 6,55 % con contrato temporal. La base tiene un tope de 5.101,20 € al mes: por encima de esa cifra no se cotiza más, salvo una pequeña cuota de solidaridad (entre el 0,19 % y el 0,24 % a cargo del trabajador) sobre el exceso.
2. Retención de IRPF
La empresa calcula tu tipo de retención con el procedimiento que fija el Reglamento del IRPF y que la Agencia Tributaria publica cada año. Simplificado, son cinco pasos:
- Al bruto se le restan las cotizaciones y 2.000 € de gastos generales.
- Si tus rendimientos netos no llegan a 19.747,50 €, se resta además una reducción por rendimientos del trabajo de hasta 7.302 €. El resultado es la base para calcular la retención.
- A esa base se le aplica la escala de retenciones: 19 % hasta 12.450 €, 24 % hasta 20.200 €, 30 % hasta 35.200 €, 37 % hasta 60.000 €, 45 % hasta 300.000 € y 47 % en adelante.
- Se resta lo que resulte de aplicar la misma escala a tu mínimo personal y familiar: 5.550 € por contribuyente, más los importes por hijos y por edad.
- La cuota resultante se divide entre el salario bruto. Ese porcentaje, truncado a dos decimales, es tu tipo.
Hay dos protecciones para los salarios bajos. Por debajo de un límite que depende de tu situación familiar (15.876 € para una persona sin hijos) no se retiene nada. Y si ganas 35.200 € o menos, la retención no puede superar el 43 % de lo que tu salario exceda de ese límite.
Ejemplo resuelto: 30.000 € brutos
Persona soltera, sin hijos, con contrato indefinido y 12 pagas:
- Seguridad Social: 30.000 × 6,50 % = 1.950 €.
- Base de retención: 30.000 − 1.950 − 2.000 = 26.050 €.
- Escala sobre 26.050 €: 4.225,50 + (26.050 − 20.200) × 30 % = 5.980,50 €.
- Escala sobre el mínimo personal de 5.550 €: 5.550 × 19 % = 1.054,50 €.
- Cuota: 5.980,50 − 1.054,50 = 4.926 €, que sobre 30.000 € es un 16,42 %.
- Neto anual: 30.000 − 1.950 − 4.926 = 23.124 €, es decir, 1.927 € al mes.
Tabla de sueldo neto por salario bruto
Valores de 2026 para una persona sin hijos, menor de 65 años, con contrato indefinido y 12 pagas.
| Bruto anual | Retención IRPF | Neto anual | Neto mensual |
|---|---|---|---|
| 17.094 € | 3,06 % | 15.459,81 € | 1.288,32 € |
| 20.000 € | 8,86 % | 16.928,00 € | 1.410,67 € |
| 25.000 € | 14,09 % | 19.852,50 € | 1.654,38 € |
| 30.000 € | 16,42 % | 23.124,00 € | 1.927,00 € |
| 35.000 € | 18,08 % | 26.397,00 € | 2.199,75 € |
| 40.000 € | 19,36 % | 29.656,00 € | 2.471,33 € |
| 50.000 € | 22,40 % | 35.550,00 € | 2.962,50 € |
| 60.000 € | 24,44 % | 41.436,00 € | 3.453,00 € |
| 80.000 € | 28,92 % | 52.846,84 € | 4.403,90 € |
La primera fila corresponde al salario mínimo interprofesional de 2026.
Qué cambia tu retención
- Los hijos. Cada hijo menor de 25 años a tu cargo aumenta tu mínimo familiar (2.400 € el primero, 2.700 € el segundo, 4.000 € el tercero y 4.500 € los siguientes, más 2.800 € por cada menor de tres años). En la nómina se cuenta la mitad de esos importes, salvo que tengas derecho a ellos en exclusiva.
- Un cónyuge sin ingresos. Sube el límite por debajo del cual no se retiene y suaviza la retención en los salarios bajos.
- La duración del contrato. En contratos de menos de un año la retención mínima es del 2 %, aunque por salario te correspondiera menos.
- La edad. A partir de los 65 años el mínimo personal aumenta en 1.150 €, y en 1.400 € más desde los 75.
Recuerda que la retención es un pago a cuenta. La cifra definitiva se ajusta en la declaración de la renta, donde entran las deducciones autonómicas, la tributación conjunta o la deducción para quienes cobran el salario mínimo.
Si tu contrato termina, calcula lo que te corresponde con la calculadora de finiquito.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre sueldo bruto y sueldo neto?
El bruto es el salario total pactado antes de descuentos. El neto es lo que llega a tu cuenta después de restar tu parte de las cotizaciones a la Seguridad Social y la retención a cuenta del IRPF.
¿Cobro más al año con 12 pagas o con 14?
Cobras lo mismo al año. Con 14 pagas, las doce nóminas ordinarias son más bajas y recibes dos pagas extra; con 12, las extras van repartidas en cada nómina. La cotización y la retención anuales no cambian.
¿La retención de IRPF depende de mi comunidad autónoma?
En la nómina, no. El Reglamento del IRPF fija una única escala de retenciones para todo el territorio común. Las diferencias entre comunidades aparecen al hacer la declaración de la renta, donde sí se aplica la escala autonómica. País Vasco y Navarra tienen sus propias tablas, que esta calculadora no cubre.
¿Se retiene IRPF a quien cobra el salario mínimo?
Sí, en la mayoría de los casos. El SMI de 2026 es de 17.094 € al año y el límite por debajo del cual no se retiene a una persona sin hijos sigue en 15.876 €. La deducción para perceptores del SMI se aplica después, en la declaración de la renta, no en la nómina.
¿Puedo pedir que me retengan más?
Sí. Puedes solicitar por escrito a tu empresa un tipo de retención superior al que te corresponde. Lo que no puedes es pedir uno inferior al que resulta del cálculo.
¿Por qué mi nómina no coincide exactamente con el resultado?
La calculadora supone un salario fijo durante todo el año, a jornada completa y sin retribuciones en especie. Si has tenido subidas, variables, horas extra, un cambio de empresa o comunicaste a tu empresa una situación familiar distinta, tu retención real puede variar.
Fuentes
- Agencia Tributaria: algoritmo de cálculo del tipo de retención 2026
- Reglamento del IRPF, artículos 80 a 89 (BOE)
- Orden PJC/297/2026, de cotización a la Seguridad Social para 2026 (BOE)
- Seguridad Social: bases y tipos de cotización 2026
- Real Decreto 126/2026, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2026 (BOE)
Cómo hacemos y revisamos los cálculos: metodología y fuentes.